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lunes, 5 de septiembre de 2011

Despido disciplinario miembro Servicio de Prevención: necesidad de expediente contradistorio



El artículo 55.1 párrafo tercero y el artículo 68.a) ET obligan a tramitar
expediente contradictorio para despedir o sancionar a un Reresentante
Legal de los Trabajadores, pero no establecen nada más que la audiencia al
interesado y a los demás miembros de la Representación de los
Trabajadores, para que presenten alegaciones.

 La regulación de la tramitación del expediente contradictorio hay que
buscarla en el Convenio Colectivo aplicable, que por regla general se
limitan a reproducir lo establecido en el ET.

 Se produce la nulidad, en tanto en cuanto genere indefensión al
interesado que en el ejercicio de su actividad habitual sea imputado por
unas causas que relacionadas con su trabajo pretendan justificar un
despido de un trajador que supuestamente se ha excedido de sus funciones. 

 Respecto a un trabajador con garantías, como, por ejemplo, un miembro de
un Servicio de Prevención propio de una empresa, los plazos y demás
trámites que
no estén regulados en el Convenio los decide el instructor, teniendo en
cuenta los plazos de prescripción de las infracciones y la complejidad de
la averiguación y calificación de las infracciones.
No obstante, lo anterior no significa que se deban admitir y practicar
todas las pruebas propuestas, ni demorar la tramitación del expediente más
allá de lo necesario para que el instructor tenga claro las infracciones y
su calificación y haga la propuesta de resolución del expediente al órgano
de la empresa con facultad sancionadora. Se han de admitir y practicar las
pruebas que sean pertinentes y útiles y no redundantes. 

 Si el Convenio no dice nada distinto, la regulación del expediente
contradictorio se recoge en los artículos 55.1 y 68.a) ET y que cumplen
con lo establecido en el Convenio OIT número 135, sobre los Representantes
de los Trabajadores.




Antonio Sánchez-Cervera
Doctor en Derecho
Inspector de Trabajo y Seguridad Social excedente
Socio director de ACERVERA Abogados