No se vulnera la libertad de empresa. El Gobierno tiene capacidad legal para la tutela y dirección de todas las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social “así como de las entidades que colaboren en la gestión de la misma”. Este último punto es el que incluye también todos los aspectos reguladores de la colaboración de las mutuas y las condiciones del convenio de asociación. La sentencia del Tribunal Supremo hace referencia a la doctrina marcada por el Tribunal Constitucional que indica que la libertad de empresa se condiciona a las necesidades económicas y planificadoras generales del país y que se puede regular esa libertad de un modo reglamentario enaquellos aspectos que no resulten primordiales. La sentencia crea jurisprudencia al ser la segunda vez que el Alto Tribunal dilucida sobre estas cuestiones, por lo que a partir de ahora, cuando un litigio llegue a los tribunales en relación a asuntos de similar naturaleza, los jueces tendrán que acudir a la interpretación manifestada por el Tribunal Supremo y seguir su criterio jurídico a la hora de decidir.