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domingo, 24 de abril de 2011

Doctrina Tribunal Supremo: infarto, lugar y tiempo de trabajo



El fallecimiento por infarto de un trabajador en la sede de su compañía se
considera accidente laboral si se produce en horario de oficina, aun
cuando se encuentre en el verstuario de la empresa, por cuanto los
vestuarios constituyen LUGAR DE TRABAJO.

El accidente debe acontecer durante el tiempo de trabajo
Los factores de riesgo previos que pudiera llevar consigo el fallecido
(obesidad, fumador, bebedor, etc) no impiden la consideración jurídica de
accidente de trabajo.

Antonio Sánchez-Cervera

Doctor en Derecho

Inspector de Trabajo y Seguridad Social excedente

Socio director de ACERVERA Abogados