El accidente de trabajo se produjo a causa de que la Coordinadora de Riesgos Laborales de la empresa y los Directores-Gerentes de la misma no habían adoptado, en el ámbito de sus respectivas responsabilidades, las medidas necesarias tendentes a evitar el riesgo de elevación brusca del camión al desengancharse del tope por la pérdida de peso y a garantizar la estabilidad de las plataformas y de las superficies de trabajo sobre las que los trabajadores deben situarse.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial expone también que las pruebas deben practicarse en el Juicio Oral y ante el Juzgador correspondiente, siendo ese el momento adecuado para que la parte acusadora aporte pruebas de cargo contra los presuntos responsables y éstos las pruebas de descargo a su favor.
Antonio Sánchez-Cervera
Doctor en Derecho
Inspector de Trabajo y Seguridad Social excedente
Socio director de ACERVERA Abogados
Doctor en Derecho
Inspector de Trabajo y Seguridad Social excedente
Socio director de ACERVERA Abogados